de un post de Giovanni Dall'Orto
El Tribunal de Apelación inglés ha dictaminado esta mañana que la práctica de clasificar las críticas al transactivismo o a las personas trans como "incidentes de odio no delictivos" infringe el Convenio Europeo de Derechos Humanos. (ver aquí)
El caso surgió después de que una activista trans denunciara a la policía por varios tuits (incluyendo un limerick -una canción infantil malhablada) que ella consideraba "transfóbica".
La La policía se había inventado la categoría de "delitos no ilegales" para archivar estos casos, y que implicaba la presentación de los acusados, sin un juicio formal o la oportunidad de defenderse, y, en algunos casos, saber de qué y de quién se ha acusado.
Una de las personas denunciadas y archivadas, un ex policía, lanzó una campaña de dos años para acabar con este tipo de delitos. abuso, no previsto ni siquiera autorizado por ninguna ley.
Dada la característica del sistema inglés de common law, en el que las sentencias judiciales tienen fuerza de ley parcial, A día de hoy, estas prácticas están formalmente prohibidas.